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Trabajadores temporales (no
inmigrantes) en USA
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Para que usted venga a los Estados Unidos de manera
legal como no inmigrante para trabajar temporalmente en los Estados
Unidos, su empleador potencial normalmente tiene que someter una
petición a su nombre al USCIS. Solamente algunas de las
clasificaciones le permiten presentar una solicitud directamente,
sin un empleador.
Si usted se encuentra fuera de los Estados Unidos,
tiene que tramitar una solicitud de visa en el momento en que sea
aprobada la petición. Entonces puede usar la visa para solicitar su
entrada a los Estados Unidos como no inmigrante. Si ya usted se
encuentra en los Estados Unidos, podría solicitar un cambio a la
clasificación correcta de no inmigrante, o una extensión del
anterior periodo de admisión. Si usted no tiene un estatus válido de
no inmigrante o no ha mantenido continuamente su estatus, su
solicitud de cambio de estatus o extensión de estadía podría ser
denegada, y puede ser que tenga que salir al extranjero para
solicitar una visa al ser aprobada la petición.
Las clasificaciones de trabajador temporal no
inmigrante y visitante por motivos de negocio se incluyen en las
siguientes tablas.
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Trabajadores y aprendices temporales
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H-1B
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Trabajadores en una profesión especializada. Por
ejemplo, arquitectura, ingeniería,
medicina, contabilidad.
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H-1B1
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Profesionales del Tratado de Libre Comercio de
Chile y Singapur
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H-1B2
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Profesiones especializadas relacionadas con
proyectos de Investigación
Cooperativa y Desarrollo del
Departamento de Defensa o proyectos
de coproducción
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H-1B3
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Modelos para publicidad con méritos y aptitudes
distinguidos.
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H-IC
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Enfermero(a) titulado(a) que trabaja en un área
donde hay escasez de profesionales
de la salud, según lo determine el
Departamento del Trabajo de los
EE.UU. (Esta clasificación de visa
se venció el 13 de junio de 2005.)
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H-2A
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Trabajador agrícola temporal o eventual
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H-2B
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Trabajador no agrícola temporal o eventual. Por
ejemplo, instructor de esquiar,
empleado de hotel, trabajador de
parque temático, etc. (A los
trabajadores H-2B que regresan se
les da la clasificación H-2R)
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H-3
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Aprendices que no sean de la rama médica o
académica. Esta clasificación
también se aplica al adiestramiento
práctico en la educación de niños
con impedimentos. Por ejemplo,
adiestramiento de gerencia o de
enfermeros para los cuales no hay un
adiestramiento equivalente en sus
países de origen.
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O-1, O-2, O-3
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Personas con aptitudes extraordinarias en las
ciencias, las artes, la educación,
los negocios o los deportes. Incluye
personas O-2 que son acompañantes
para ayudar a O-1 y cónyuges o hijos
O-3 de O-1 o de O-2.
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O-1B
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Personas con aptitudes extraordinarias en la
poducción cinematográfica o de TV
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P-1A
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Atleta reconocido internacionalmente
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P-1B
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Miembro de un grupo de entretenimiento reconocido
internacionalmente
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P-2
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Artista individual o que forma parte de un grupo
que viene a presentarse, de
conformidad con un programa de
intercambio recíproco
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P-3
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Artista o presentador, ya sea individual o de un
grupo, que viene para actuar,
enseñar o asesorar un programa
cultural único
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P-4
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Cónyuges e hijos de P-1, P-2, P-3
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Q-1
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Personas que participan en un programa de
intercambio cultural internacional
con el propósito de proveer
adiestramiento práctico, empleo y
para compartir la historia, la
cultura y las tradiciones del país
de origen de la persona extranjera.
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R-1, R-2
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Trabajadores religiosos. R-2 es para cónyuges e
hijos de R-1
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TN
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Profesionales temporales del Tratado de Libre
Comercio de América del Norte
(NAFTA, por su sigla en inglés) de
México y Canadá. La TD es para
cónyuges e hijos de TN.
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Transferidos dentro de una empresa
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L-1A
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Personas transferidas dentro de una misma empresa
en posiciones de gerentes o
ejecutivos
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L-1B
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Personas transferidas dentro de una misma empresa
en posiciones que utilizan
conocimientos especializados
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L-2
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Cónyuge o hijos de un L-1A o L-1B
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Comerciantes e inversionistas de
tratados
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E-1
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Comerciantes de tratados y sus cónyuges e hijos
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E-2
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Inversionistas de tratados y sus cónyuges e hijos
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E-3
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Profesionales de Tratado de Libre Comercio de
Australia, incluidos sus cónyuges e
hijos
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Representantes de medios de
información extranjeros
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I-1
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Representantes de la prensa extranjera, la radio,
el cine o de otros medios de
información extranjeros y los
miembros de su familia inmediata.
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