|
Trabajadores Permanentes en USA
|
Cada año fiscal hay
aproximadamente
140,000 visas de
inmigrantes para
extranjeros (y sus
cónyuges e hijos)
que tengan la
intención de
inmigrar basándose
en sus destrezas
para ocupar empleos.
Si usted tiene la
combinación adecuada
de destrezas,
educación y/o
experiencia y es
elegible teniendo en
cuenta otros
aspectos, usted
podría vivir
permanentemente en
los Estados Unidos.
A continuación se
presenta una lista
de las cinco
preferencias
(categorías) de
visas de inmigrante
basándose en el
empleo.
Certificación
laboral
Algunas preferencias
de visa requieren
que ya usted tenga
una oferta de empleo
de un empleador de
los EE.UU. Este
empleador será
considerado como su
patrocinador. Para
algunas categorías
de visa es necesario
que antes de que el
empleador de los
EE.UU. pueda
presentar una
petición a USCIS,
tiene que obtener
una certificación
laboral aprobada del
Departamento del
Trabajo de los
EE.UU. (DOL, por su
sigla en inglés). La
certificación
laboral del DOL
constata lo
siguiente:
·
No hay suficientes
trabajadores de los
EE.UU. disponibles,
calificados y
dispuestos para
ocupar la posición
que se ofrece con el
salario actual
·
Contratar a un
trabajador
extranjero no
incidirá de manera
negativa en los
salarios y las
condiciones de
trabajo de los
trabajadores de los
EE.UU. con empleos
similares.
Categorías de
preferencia de visa
de trabajador
permanente
|
Preferencias
|
Descripción general
|
¿Se requiere certificación de trabajo?
|
|
Primera preferencia
EB-1
|
Esta categoría se reserva para las personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos o personas con puestos de mánager de multinacionales.
|
No
|
|
Segunda preferencia
EB-2
|
Esta preferencia se reserva para las personas que sean profesionales y tengan títulos de posgrado o para las personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios.
|
Sí, al menos que el solicitante pueda obtener una dispensa por intereses nacionales
|
|
Tercera preferencia
EB-3
|
Esta preferencia se reserva para los profesionales, trabajadores especializados y otros.
|
Sí
|
|
Cuarta preferencia
EB-4
|
Esta preferencia se reserva para “inmigrantes especiales”, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los EE.UU., personal retirado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los Estados Unidos y otros casos de extranjeros.
|
No
|
|
Quinta preferencia
EB-5
|
Esta preferencia se reserva para los inversionistas de negocio que inviertan $1 millón o $500,000 (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos 10 empleados de los EE.UU. a tiempo completo.
|
No
|
|